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Cómo Usar la Herramienta
Ingresa tu Sueldo
Escribe el sueldo bruto, jornada de trabajo y cualquier ingreso variable como horas extra o comisiones.
Selecciona tus Beneficios
Elige AFP, ISAPRE o FONASA, número de cargas familiares y otros beneficios aplicables.
Obtén tu Liquidación
Visualiza el desglose completo: descuentos legales, aportes del empleador y tu sueldo líquido final.
¿Qué Calcula Esta Herramienta?
Sueldo Base
Calcula el líquido desde el bruto aplicando todos los descuentos legales vigentes 2026.
Horas Extraordinarias
Recargo del 50% para horas extra ordinarias y 75% en días festivos, según Art.32.
Gratificación Art.50
Aplicación del tope de 4.75 IMM prorrateado mensualmente con base correcta.
Asignación Familiar
Cálculo automático según tramos IPS vigentes para cargas acreditadas.
AFP e ISAPRE
Descuentos previsionales actualizados: AFP 7%, ISAPRE o FONASA según plan.
Aporte Empleador
Desglose completo de la carga empresa: SIS, seguro cesantía, mutualidad y más.
Por qué Confiar en Este Cálculo
Normativa 2026
Tablas y tasas actualizadas al año en curso, validadas contra el Código del Trabajo.
100% Gratuito
Sin registro, sin suscripción. Acceso libre para todo profesional RRHH en Chile.
Cálculo Instantáneo
Resultado en tiempo real mientras ingresas los datos. Sin esperas.
Exportable
Descarga el resultado en PDF para incluirlo en tus reportes o liquidaciones.
Siempre Actualizado
Actualizamos las tablas automáticamente con cada cambio normativo del SII y Previred.
Soporte Experto
¿Tienes dudas? Nuestro equipo de especialistas laborales responde tus consultas.
¿Necesitas una Liquidación Profesional?
Nuestros especialistas gestionan la nómina de tu empresa con precisión y pleno cumplimiento legal. Empresas de distintos rubros confían en Dreamlum.
Hablar con un Experto →Preguntas Frecuentes
¿Qué componentes forman la remuneración?
La remuneración comprende sueldo base, horas extras, comisiones, gratificaciones, sobretiempo y todo pago en dinero o especie acordado. Respaldo legal: Art. 41 y 42 del Código del Trabajo.
¿Cómo se calcula la gratificación garantizada?
El empleador puede pagar el 25% de la remuneración mensual con un tope de 4,75 IMM (Ingreso Mínimo Mensual) anual prorrateado en 12 cuotas. Respaldo legal: Art. 50 Código del Trabajo.
¿Cuánto se paga por horas extraordinarias?
Las horas extra se pagan con un recargo mínimo del 50% sobre la hora ordinaria en días hábiles, y 75% en domingos y festivos. Respaldo legal: Art. 32 Código del Trabajo.
¿Cuánto descuenta la AFP al trabajador?
La cotización obligatoria es del 10% de la remuneración imponible más la comisión de cada AFP (promedio ~1.44% en 2026). El total cotizado equivale aproximadamente al 11.44%. Respaldo legal: Art. 17 DL 3.500 de 1980.
¿Cuánto descuenta FONASA o ISAPRE?
El descuento obligatorio de salud es el 7% de la remuneración imponible. En FONASA va al Fisco; en ISAPRE se destina al plan pactado (puede ser mayor). Respaldo legal: Art. 84 DFL 1 de Salud; Art. 58 Código del Trabajo.
¿Qué es el Seguro de Cesantía (AFC) y cuánto cuesta?
El trabajador con contrato indefinido cotiza 0.6% de su remuneración. El empleador cotiza 2.4%. En contratos a plazo fijo, solo cotiza el empleador (3%). Respaldo legal: Art. 5 y 6 Ley 19.728.
¿Qué es el SIS y quién lo paga?
El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) cubre al trabajador ante fallecimiento o invalidez. Lo paga exclusivamente el empleador: 1.49% de la remuneración imponible. Respaldo legal: Art. 59 DL 3.500.
¿Cómo funciona el impuesto único de segunda categoría?
Es un impuesto progresivo mensual que se aplica sobre la renta imponible del trabajador. Las tasas van del 0% al 40% según tramos, usando tablas del SII. Respaldo legal: Art. 42 N°1 y 43 de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR).
¿Aplica la calculadora para trabajadores a tiempo parcial?
Sí. Las jornadas parciales tienen las mismas tasas de descuento; solo cambia la base proporcional. El sueldo mínimo también se aplica proporcionalmente a la jornada pactada. Respaldo legal: Art. 40bis y 44 Código del Trabajo.
¿Cuál es la remuneración imponible máxima?
El tope imponible para AFP e ISAPRE es de 81,6 UF mensual (aprox. $3.325.000 en 2026). Sobre ese monto los descuentos previsionales no se aplican. Respaldo legal: Art. 16 DL 3.500; Art. 5 DFL 1 de Salud.